Ad 739, 740 and 741 Aviso de Elecciones Especiales Nov 6EL MUNICIPIO DE MIAMI BEACH, FLORIDA
AVISO DE ELECCIONES ESPECIALES DEL 6 DE NOVIEMBRE DEL 2012
POR LA PRESENTE SE DA AVISO que una Elección Especial ha sido convocada por laAlcaldesay la Comisión Municipal de la Ciudad de
Miami Beach, Florida, conformea las Resoluciones de la Ciudad, 2012-27962,2012-27963,2012-27964 y 2012-27965 adoptadas el 18 de
julio del2012, y se llevará a cabo en la Ciudad de Miami Beach desde las 7:00 a.m.hasta las 7:00 p.m., el día 6 de noviembre del 2012, y
ese día será sometida a los votantes debidamente registrados y cualificados de la Ciudad de Miami Beach las siguientes preguntas:
PREGUNTA 1:
Establecimiento del Secretario de la Ciudad como Funcionario de la Carta Constitucional
¿Deberá enmendarse la Carta Constitucional para establecer al Secretario de la Ciudad como Funcionario de la Carta Constitucional
responsable de desempeñar tareas específicas, cuya remuneración se establezca mediante ordenanza, y de modo que:
•El Secretario sea nombrado y separado de su cargo por, y rinda cuentas ante, la Comisión de la Ciudad en lugar del Administrador de la
Ciudad; y
•La facultad para supervisar y controlar la oficina del Secretario, y para nombrar y separar de su cargo al personal no clasificado de esa
oficina, sea transferida del Administrador de la Ciudad al Secretario de la Ciudad?
SÍ302
NO303
PREGUNTA 2:
Aprobación de los Electores Necesaria para Reducir las Facultades y los Deberes de la Junta de Conservación Histórica o los
Estándares de Conservación Histórica
¿Deberá enmendarse la Sección 1.06 de la Carta Constitucional para exigir que todo cambio al Capítulo 118, Artículo II, División 4(“Junta
de Conservación Histórica”), o al Capítulo 118, Artículo X, Divisiones 1-4 (“Conservación Histórica”), del Código de la Ciudad, que reduzca
las facultades y los deberes de la Junta, o establezca reglamentos o estándares de conservación histórica menos estrictos, antes de
entrar en vigor, sea aprobado por la mayoría de los electores en una elección de toda la Ciudad?
YES/SÍ304
NO/NO305
PREGUNTA 3:
Cambio del Periodo de Presentación para Peticiones de Cualificación
¿Deberá enmendarse la Sección 6.03 de la Carta Constitucional para cambiar el momento en que un candidato que cualifique paraun
cargo electivo de la Ciudad mediante una petición deba presentar dicha petición, de no más tarde del segundo día del periodo de
cualificación de cuatro días, a no más tarde del mediodía del 14to día anterior al primer día de dicho periodo de cualificación?
SÍ306
NO307
PREGUNTA 4:
Exención Limitada del Costo de Cualificación de la Ciudad
¿Deberá enmendarse la Sección 6.03 de la Carta Constitucional para disponer que si el Departamento de Elecciones del Condado no ha
emitido su certificado de verificación del número necesario de firmas válidas en una petición de cualificación presentada oportunamente a
más tardar a las 5:00 p.m. del segundo día del periodo de cualificación de la Ciudad, el costo de cualificación de la Ciudad del 7½% deberá
quedar exento de pago si el candidato en cuestión cualifica de otro modo de acuerdo con la Sección 6.03 de la Carta Constitucional?
SÍ308
NO309
Los funcionarios electoralesapropiadosdel Condado deMiami-Dade llevarán a cabo dicha Elección Especial convocada, con la
aceptación de la certificación de los resultados de dicha Elección Especialque se efectuarápor la Comisión de la Ciudad. Los resultados
oficiales porcada distrito electoral se presentaránal Secretaríode la Ciudad de Miami Beach, tan pronto como las boletasde todos las
precintoshayan sido tabulados.
Losdistritos electorales en la Ciudad de EleccionesEspecialesseránestablecidospor los funcionarios electoralesapropiadosdel Condado
de Miami-Dade. Todos los electores deben devotaren los lugares de votación y los distritos electorales en que los libros de registro
oficiales muestren que los electores residen. Cualquier pregunta distritos electorales deben ser dirigidas a
la Oficina de Elecciones del Condado de Miami-Dade, 2700 NW 87 Avenue, Miami, Florida 33172, Teléfono: 305.499.VOTE (8683).
El registro de las personas que deseen votar en lasEleccionesEspecialesserá llevadaa caboenconformidad con la legislación general
del Estado de la Florida gobernante de la inscripción de votantes. Las personas cualificadas pueden obtener los formularios de inscripción
para votar en la Oficina del Secretario de la Ciudad, en el 1700 Convention Center Drive, Primer Piso, Miami Beach, Florida,33139, en
horario de oficina, y en cualquier otroscentrosde registro electoral, y durante horarios proporcionadospor laSupervisorade Elecciones del
Condado de Miami-Dade. Cada persona que desee ser votante registrado será responsable de llenar correctamente el formulario de
inscripción y enviarlo a la Oficina de Elecciones del Condado de Miami-Dade. La fecha límite para la inscripción de votos para las
EleccionesEspeciales del 6 de noviembre del 2012 es al cierre de horario de oficina, el martes, 9 de octubre del 2012.Todas las
preguntas relativas a la inscripción de votantes deben dirigirse a la Oficina deElecciones del Condado de Miami-Dade, 2700 NW 87
Avenue, Miami, Florida 33172, Teléfono: 305.499.VOTE (8683).
LasElecciónes Especialesse llevará a cabo de acuerdo a las provisiones aplicables de los Estatutos de la Florida,de la Carta
Constitucional y del Código dela Ciudadde Miami Beach, Florida. Copias de las Resoluciones 2012-27962, 2012-27963, 2012-27964,
and 2012-27965están disponibles en la Oficina del Secretario de la Ciudad de Miami Beach y en la página cibernéticaal
http://web.miamibeachfl.gov/cityclerk/elections/scroll.aspx?id=31214
Todos los electores cualificados de la Ciudad de Miami Beach podrán votar SI o NO en relación con estas propuestas.
Ad 732
Rafael E. Granado
Secretario Municipal